2022 06 04
Entre las notas
que había preparado para tan fausto evento y lo que recuerdo, me sale esto que
escribo para los interesados. Seguramente el orden no sea el mismo. Lo escrito
en negro es lo que pasó, más o menos. Lo escrito en rojo es añadido ahora.
Naturalmente se admiten correcciones.
Llego al Pabellón de Fiestas
a eso de las diez y veinte, entrego las representaciones que llevaba. Veo que
la mesa de la presidencia está en el escenario y tiene pocas sillas. Se me
informa que es solo para la Presidenta, el Vice-Presidente, la Administradora y
la Concejala de Urbanizaciones, si lo desea. Indico que yo pertenezco a la
Junta Gestora y quiero sentarme a la mesa. Que sí, que no… Que subo y me
siento. Se sientan la Administradora y el Vice-Presidente. En el apartado de
elección de la nueva Junta comentan que no ha podido venir y que no se va a
volver a presentar. Sinceramente, creo que ha hecho muy bien. Sigamos el Orden
del Día:
Señor Matas:
Por favor: Un punto de orden.
Don Pedro:
Tendrá oportunidad de hablar en otro momento…
Señor Matas: A
ver, Señora Diez, los puntos de orden se discuten, en cualquier reunión que se
precie, antes de empezar la reunión.
Aquello no
empezaba nada bien, para no armar un lío, me callé, mentalizándome a lo peor… y
pensando en aquello de “relájate y disfruta”.
1.- Informe de la
Junta Gestora sobre actuaciones realizadas en 2021.
Han puesto una pantalla con
alguna foto, desde la mesa se ve la parte de atrás de la pantalla, no veo las
fotos. Son de alcantarillado, creo. Apenas se hace algún comentario.
Llama la atención que no se
presenta el acta de la asamblea anterior. Si no entendí mal, se debe al
hecho de que el ACTA estaba impugnada y el Señor Secretario no ha resuelto.
¡Cosas “veredes”!
Ya nos explicará el Señor Alcalde como se come esto. Me explico: Según el Ayuntamiento,
las actas que se nos envían después de una asamblea son BORRADORES DE ACTAS, NO
ACTAS, POR LO QUE LAS IMPUGNACIONES QUE LLEGAN AL Ayuntamiento, ni se leen. En
este caso, si la EUCC entiende que si son ACTAS y que se pueden impugnar y no
se presentan para aprobación, hasta que el Señor Secretario las resuelva, ya me
dirán cuándo podremos re-impugnar el ACTA en cuestión.
2.- Presentación y
aprobación, si procede, de las cuentas del Ejercicio 2021.
Se hicieron algunas
preguntas y hasta se comentó el coste de la empresa contratada para sustituir
al empleado despedido. No es más barata, a pesar de que fue uno de los pretextos
para buscarle las vueltas al empleado, hay otros y pruebas presentadas en el Juzgado.
Advierto que en esas cuentas hay partidas que no corresponden a conservación
y mantenimiento y por tanto no se pueden aprobar.
PROVISIÓN DE FONDOS CESE DEL
EMPLEADO: De hecho, en el presupuesto se puso una cantidad para despido
improcedente de 20.000 €.
Señor Matas: Por
este motivo estuve en el Juzgado tres veces, la penúltima vez, si no entendí
mal, antes de entrar a la sala del Juez, no se ponían de acuerdo en la
indemnización, después tampoco, el Juez había bajado la petición a 47.000 €, estos
Señores habían admitido 45.000 €. Cansado el Juez de que discutieran delante de
él, pidió más documentación y ordenó que se aplazara el juicio. Otra vez al
Juzgado, creo que la cuarta. Finalmente se celebró y el tema está pendiente de
sentencia. A mi entender, si ellos aceptaban una indemnización de 45.000 €,
está claro que el despido ha sido improcedente. Ya veremos en que se convierten
los 20.000 € presupuestados.
No sé si dije
tanto, pero si no lo dije debiera haberlo dicho.
PROCEDIMIENTO USURPACIÓN
VIVIENDA, COACCIONES Y AMENAZAS. Amigos del grupo de
la Ex-Presidenta y/o Señores de la nueva Junta Gestora, ya os vale. Bueno,
veremos como termina.
PROCEDIMIENTO USURPACIÓN
IDENTIDAD. En lo que yo presencié, no hubo usurpación de nada.
Claro que, de Jueces
y argucias de abogado, no tengo ni puñt… idea. No entiendo en qué perjudica a
la Entidad que, un vecino, esté o no, por ponerse a disposición del empleado o
de su abogado. Algún día lo explicarán.
PROCEDIMIENTO 456, SANIVAL.
Es normal que se defienda este asunto.
Son los juicios
derivados por la denuncia a SANIVAL, por la mala ejecución de las obras, Juicio
ganado en el Supremo y que no valió para nada porque, este Señor, se declaró
insolvente, después de haberse desecho de sus propiedades, que son las que se
reclamaron judicialmente como garantía de pago.
Señor Matas:
Perdón por insistir, se va a votar y según la respuesta de la CM al
Ayuntamiento a una consulta de este: No se puede privar del derecho al voto
en las asambleas, por deudas, si expresa y previamente no se ha establecido en
sus estatutos. Añadí: El peso del voto debe ser proporcional a la
participación económica en el sostenimiento de la Entidad, según la Ley de
división Horizontal. Alguien dijo que estaba aprobado en asamblea, yo no lo
recuerdo, en cualquier caso, debe incluirse en los estatutos, aprobarlo el
Ayuntamiento y luego registrarlo en el registro de las EUCC. “U sease”: Entre
cuatro y ocho años, con suerte.
Se procede a la votación: No
se nos ha dicho el número de votos totales, ni los que están a favor, en contra
o se han abstenido, tan solo se nos dice que están aprobadas por mayoría.
3.- Presentación y aprobación,
si procede, del presupuesto ordinario y cuotas para el ejercicio 2022.
Señor Matas: No
se puede aprobar ni los gastos ordinarios y, mucho menos, estos gastos
extraordinarios. Ya está bien de que el Ayuntamiento de Valdemorillo no cumpla
con sus obligaciones legales para con las EUCC. Esos 210 metros de
alcantarillado, no son conservación, ni mantenimiento, son una obra nueva y
corresponde al ayuntamiento el realizarla.
Señora Inma Barroso:
Eso no es obra nueva. El Señor Matas falta a la verdad. Usted hizo el camino
cortafuegos, hasta con escombros, ¿Eso no era obra nueva? (Alguien se
cuela: ¿Antes se podía hacer y ahora no?)
Respondo: ¿Me estás llamando
mentiroso? Si yo hubiera sabido entonces lo que se hoy, no se hubiera hecho. Es
que ¿No habéis aprendido nada en todo este tiempo? Yo procuro aprender algo
todos los días.
Esto es algo que
el Ayuntamiento de Valdemorillo utiliza muy bien, a saber: Las Juntas Gestoras
cambian bastante a menudo, la gente nueva entra, normalmente, por la
inoperancia de la anterior, a veces por otras razones, pero es rara la Junta
Gestora nueva que intenta aprender algo de la anterior, ni siquiera de sus
errores, algo que es vital. Tal es el caso. El Ayuntamiento si lo hace, por eso
no cambia de criterio con relación a las urbanizaciones: Somos un banco de
pesca de dinero fantástico y así nos va.
En Mojadillas:
.. El Plan Parcial se
aprobó en 1.970.
.. La EUCC se creó en
1985, ver los Estatutos. En especial, el Artículo tercero de sus Normas
Generales: Los promotores de la urbanización ejercerán las facultades que
en estos estatutos se conceden al presidente y Junta Gestora de la Comunidad
hasta tanto se forme un núcleo de propietarios equivalente a la mitad mas una
de las parcelas que constituyen el polígono. Nótese, que, en ese
momento, los promotores eran dueños de más de la mitad de las parcelas.
.. Disolución de la
Entidad. Cinco años después de haber sido creada, según Ley de 1989.
¿Por qué el Ayuntamiento no cumple con sus obligaciones? Solo hay una razón:
Somos una fuente de ingresos importante, nada despreciable.
.. Hagamos una cuenta en
números redondos: A una media de 400 € por parcela, en números redondos 400
x 300 igual a 120.000 € anuales que se ahorra el ayuntamiento por la cara. Si
lo multiplicamos por 32 años, tenemos la friolera de 3.840.000 €, eso solo de
mojadillas. Si hacemos la cuenta para 5.000 parcelas, que hay en el municipio, resulta
400 €/parcela x 5.000 parcelas x 32 años, nos salen 64.000.000 €. ¿Dónde están?
Si no entendí mal, las
cuotas no iban a cambiar porque hay dinero en caja.
Un argumento
engaña bobos COJO Y NUDO, “so pardiños”, lo tenemos merecido.
4.- Aprobación precio
del agua.
Señora Administradora:
Como siempre se propone aprobar los precios del Canal. El canal los fija todos
los años.
Señor Matas: No
deben aprobarse estos precios ya que el dinero ahorrado por esta forma de pago
y otras acciones de las Juntas anteriores y estaba destinado a pagar el
inicio de la renovación de la red de agua, sin embargo, se ha gastado en
una obra nueva que no corresponde a la EUCC, por lo tanto, deben aprobarse
otros precios, de forma que lo pagado entre todos corresponda con la factura
que pagamos el Canal.
Don Pedro: …
No tenemos un cálculo de como podría hacerse o poner otros precios.
Señor Matas: Es
muy fácil.
Si pensaban hacer
esto, entiendo que debía haberlo previsto la Junta Gestora o la Administración,
entre otras cosas, porque en la asamblea del año pasado, ya lo apuntamos más de
uno.
La cuenta no es
tan difícil, doy una posible solución: Una vez que se tienen las lecturas
de los contadores y aplicados los precios del Canal, sumando todos los recibos,
sale una cifra. Después, se hace una regla de tres simple con la factura del
Canal y se ajusta la factura de cada uno a lo que salga. Esta sería mi
propuesta, que, si hubiera podido atender las reuniones de la Junta Gestora,
que se hicieron de manera telemática, despreciando la oportunidad de hacerlas
en mi casa, que ofrecí y “burlándose” del Ayuntamiento que obligaba a mantener
esas reuniones de forma o manera presencial, con un argumento de Don Daniel
Llavero, apoyado por la Ex-Presidenta, como este: “En derecho, todo lo
que no está expresamente prohibido se puede hacer”.
Se votó y se aprobó por
mayoría. ¿Cómo no? Tampoco se contaron los votos.
5.- aprobación, si procede, de la deuda de los propietarios con recibos pendientes de pago. Aprobación de la reclamación por Vía ejecutiva contra los propietarios con cuotas pendientes de abono.
Voté que sí. No vi votos en
contra.
Debo añadir que,
entiendo, que la Junta Gestora, tiene la capacidad suficiente como para
negociar ese pago, en aquellos casos, en que el vecino pase por una
circunstancia que no le permita pagar.
NOTA: Mañana
más, que estoy cansado.
No hay comentarios:
Publicar un comentario