martes, 6 de agosto de 2013

COSAS VEREDES



     Asistí como invitado a la Asamblea del Cerro I hace unos días. No es la primera vez que tengo esta oportunidad. Siempre me pareció interesante la oportunidad de aprender las distintas formas de tratar temas diferentes en algunos detalles pero iguales en su problemática de fondo y además con una solución que debiera ser la misma para todas las urbanizaciones.

    Desde los tiempos de URVA me costó entender la razón por la cual los Presidentes de las Urbanizaciones no caminaron nunca juntos. Este hecho ha permitido al Ayuntamiento tomarnos el pelo una y otra vez, este hecho y la circunstancia que hace que los Presidentes, buenos o malos, mejores o peores, duran un tiempo limitado y los que les sustituyen empiezan de nuevo. A veces se cansan, se aburren o los tiran por la ventana (Con razón) si algún administrador desgraciado les toca los dineros del banco o algún abogado de pacotilla hace lo que quiera, les engaña o no les informa adecuadamente.

    A lo que vamos. Se explayó el Señor Presidente, Don Miguel Ángel Ramos, en aclararnos algunas cosas, tales como:

A.- Fines de las EUCC. Lo que todos sabemos y algunos quieren ignorar: Conservación de las zonas comunes como viales, alumbrado, depuradora,… Facturación y cobro.

B.- Las EUCC están obligadas por el Plan Urbanístico que les afecta.

C.- No se pueden hacer obras nuevas bajo ningún concepto.

D.- Administración actuante: En el caso del Cerro fue COPLACO la Administración que la creó, permitió, admitió o lo que fuese. Al desaparecer se hizo cargo de la EUCC la Comunidad de Madrid que tiene, entre otras obligaciones, la obligación de tener un vocal en la Junta directiva de la Entidad, no que un representante del Ayuntamiento acuda de vez en cuando a la Asamblea que le parezca o a la que le manden.

E.- Morosidad. Las EUCC deben acudir a la Vía de Apremio del Ayuntamiento. En Valdemorillo se da la circunstancia de que el Ayuntamiento tiene un Convenio con Hacienda que funciona. Los recibos de más de quince años son incobrables, no se puede ir al procedimiento  monitorio. Los de menos de cinco años se reclaman judicialmente por la Vía de Apremio. Aunque en las deudas no se reclamen intereses, en el Juzgado se reclaman los intereses, los gastos y todo lo que corresponda. Las reclamaciones por el Ayuntamiento solo cuestan una copia simple del Registro de la Propiedad y un buró-fax.

F.- Cuentas. Una EUCC no tiene patrimonio, ni inmovilizado, ni calles,… no son nuestras. Los resultados positivos no se pueden contabilizar como beneficios, ya que somos Entidades sin ánimo de lucro, deben contabilizarse como previsiones. Se debe seguir el criterio de devengo.

G.- Tasa de podas. El mal funcionamiento del Ayuntamiento obligó a gastarse un dinero en una empresa para que las retirara.

H.- Las cámaras de vigilancia están prohibidas. La Policía nacional se encarga de comprobar que las que estén instaladas no funcionen.

I.- Administraciones Públicas: Ayuntamientos, Comunidad de Madrid, Confederación Hidrográfica del Tajo, Canal de Isabel II,… Falta una Autoridad Única.

J.- Canal de Isabel II.

- Acta de recepción de las redes de agua y alcantarillado. Se firmó un acta, se publicó en el BOCAM en agosto de 2012. Estaba condicionado a la aceptación del Canal YII. El Canal YII puso la fecha del uno de octubre de 2012 para hacerse cargo. En 2013 se hacen cargo de las redes y lectura de los contadores y firmamos las solicitudes con el Canal YII, 15 días antes, sin haber revocado nada, el uno de marzo de 2013 el Ayuntamiento escribe que el Canal YII revoca todo lo dicho. Desde el uno de Octubre de 2012 el Canal YII cobra lo del alcantarillado.

- Ante el incumplimiento, denunciamos al Canal YII y al Ayuntamiento. El Canal YII dice que algunas urbanizaciones han impugnado el acuerdo y por eso lo han paralizado, ha entregado un nuevo Convenio y ha dejado de cobrar el alcantarillado. Quieren que se apruebe el nuevo Convenio en Asamblea y quieren que firme la Entidad y dice que nosotros lo hemos pedido. NO HEMOS PEDIDO NADA, SERÍA MUY GRAVE.

- Lo publicado en el BOCAM sigue vigente.
- Las solicitudes particulares se hicieron en forma y fecha.
- El incumplimiento del Canal YII es notorio.

K.- Confederación Hidrográfica del Tajo.

- Estación de bombeo. El tema es complejo, sugieren verter en la depuradora de Cerro II a cien metros. Cerro II está recepcionada y la depuradora es del Ayuntamiento.
- La política de la Confederación es la de eliminar depuradoras.
- El veinte de Diciembre de 2012 la Confederación suspende las licencias de vertido de las depuradoras una y dos. Hay descoordinación entre la Confederación, la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento y la Confederación no entiende como el Ayuntamiento ha construido la depuradora ahí y no 500 metros más abajo que serviría para las dos urbanizaciones.
- Se hizo un recurso para el tema de las licencias de vertido pero llegó un día tarde. Solo nos dejan la salida del recurso contencioso-administrativo.
- La Confederación debiera reclamar a los Ayuntamientos de Navalagamella y Valdemorillo y estos a nosotros.
- Las EUCC nos hemos tomado una serie de atribuciones que no nos corresponden. El Ayuntamiento se lava las manos. Las EUCC están en terreno urbano y por tanto corresponde a las administraciones públicas dar el servicio de agua y alcantarillado. Nos hemos fiado de las Administraciones Públicas y hemos comprado. Estamos en el Catastro, pagamos el IBI,… nos hemos pasado de buenos, el organismo actuante debiera haber pedido la licencia de vertido. (40) Cuarenta años sin que las Administraciones Públicas cumplan.
- No pretendemos dejar de pagar el mantenimiento, pero lo nuevo debe hacerlo la Administración actuante.
- Seguridad,… también contra incendios.
- 1.300.000 euros costaría la depuradora nueva.
- Opino que la recepción del Cerro I va a ser de la Comunidad de Madrid.
- Solo la Ley del Suelo del 76 y su reglamento del 78 tienen sentido. Todas las demás no tienen reglamento.
- No vamos a pedir ni negociar el agua, no tenemos entidad jurídica, es responsabilidad del ayuntamiento. Cualquiera podría impugnar esa petición. Solo hemos presentado 900 solicitudes de 1.200.

PROPUESTA:

1º.- Emprender las acciones legales previas a un Contencioso.
2º.- Recepción.
3º.- Solicitud de permisos de vertido, acometidas.
4º.- Escrituración de las zonas verdes. Estamos pagando el IBI.
5º.- Convenio nuevo: Forma, duración,… solo mantenimiento.
6º.- Exigir un miembro en la Junta Directiva.
7º.- Estas actuaciones previas pueden durar un año, si se llega a buen término daremos otro paso.
-       (Un vecino habla de no pagar el IBI) No pagar el IBI es una propuesta de rebelión fiscal y eso es un delito.
-      Ley de competencias de la Administraciones Públicas. Solo vamos a pedir la recepción de la Urbanización.

INTERVENCIÓN DE LA SEÑORA VILLANUEVA:
El Ayuntamiento de Valdemorillo, por la carta del C YII habla con los Presidentes, menos con la Pizarrera y El Paraíso, luego cuatro urbanizaciones se quieren salir y hacen un Contencioso Administrativo al Canal YII. El Canal YII llama al Ayuntamiento y retrotrae todos los Convenios y quedamos como estábamos, casi y pide la firma a las Urbanizaciones. Vamos a volver a hablar con el Canal YII. Lo que no puede ser es que ahora venga Mojadillas y nos pida un convenio como el nuestro.
No se admite la recepción de Cerro II que solo es parcial. Otras han perdido el permiso de vertidos por culpa de la cabezonería de los presidentes.
Recepción. Solo hay una petición de recepción de Puentelasierra.
En el próximo Pleno saldrá un Pliego para recepcionar el alumbrado y su mantenimiento.
El Ayuntamiento no va a poner un Contencioso contra el Canal YII.
(8) Ocho concejales son del Cerro I y II. Si nos pusiéramos de acuerdo tendríamos mucho peso en el Ayuntamiento.

MIS COMENTARIOS:

NOTA 1ª.- ¿A QUE VIENE ESTO? Me refiero  a lo de los ocho concejales ¿Seguro que no se ha dicho al buen tuntún? ¿Lo tiene acordado con Doña Pilar? ¿Está pensando en un URVA II? ¿Le está haciendo la cama a Doña Pilar?

NOTA 2ª.- ¿A QUE VIENE CITAR AL PRESIDENTE DE MOJADILLAS? Para vuestra información: El Presidente de Mojadillas, al que le manifesté que no estaba de acuerdo con esa decisión de impugnación, entre otras cosas porque iba en contra de aquello por lo que todos los Presidentes de Urbanizaciones habíamos estado peleando durante años, quitarnos la responsabilidad del tema del agua, me explicó: A) No podemos admitir que el Canal II exija que tengamos que pagar el 30 o el 35 % del consumo anual por una derrama de agua consecuencia de una avería en la red; eso es lo que da la diferencia entre la lectura del contador del Canal II y la suma de las lecturas los contadores de la Urbanización. Después de dos años de negociación con el Canal II y el Ayuntamiento no quedaba más remedio que acudir al Contencioso porque no nos han hecho caso ninguno de los dos. Esta y no otra es la razón por la que Mojadillas se sumó a las otras tres urbanizaciones. Para que quede claro: Independientemente de esta impugnación, MOJADILLAS considera, que acepta el primer acuerdo con el Ayuntamiento y sus Normas Subsidiarias, que asume que deberá seguir haciéndose cargo del mantenimiento de la urbanización, pero cualquier obra nueva deberá ser responsabilidad del Ayuntamiento, al igual que el Ayuntamiento deberá asumir su responsabilidad como Administración Actuánte y Responsable Tutelar de las Urbanizaciones de Valdemorillo.

NOTA 3ª.- Contratos nuevos con el Canal YII. Es cierto que el Presidente de Mojadillas pidió el contrato nuevo para Mojadillas, lo hizo porque este servidor vuestro entendió a Doña Pilar que el Canal estaba enviando los nuevos contratos, así pues lo informé al Señor Presidente que acudió a buscarlo, lo que no es de recibo son las respuestas que le dieron. Por otro lado, con impugnación o sin ella, Mojadillas tiene el mismo derecho que Los Cerros o cualquier otra Urbanización a ese nuevo acuerdo o contrato o como lo quieran llamar.

NOTA 4ª.- Se habló de más cosas, pero no tienen el carácter general o particular de Mojadillas de lo aquí escrito.

Pasadlo bien. Andrés

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