VALDEMORILLO.
13 DE ENERO DE 2023. SALÓN DE PLENOS
NOTA PREVIA: Esto es una transcripción de lo dicho en esta reunión,
tal cual. Falta alguna palabra que otra. Es posible algún error, si alguien lo detecta,
por favor, que me lo haga saber para corregirlo. Lo escrito en rojo, son NOTAS
y opiniones de este servidor vuestro, no manifestadas en la reunión y que se me
ocurren al escribir ahora. Perdón por el atrevimiento y gracias por vuestra
participación.
Andrés:
Espera
que estaba antes Luís. Cortito que nos queda poco tiempo.
Luís
Herranz: Solamente contestar dos cuestiones, una a Daniel o
Emilio, otra a… En relación a lo que ha contestado Emilio, efectivamente, yo no
me hubiera opuesto a la orden de la Policía, pero sí le puedo decir que, cuando
estuve en el notario para elevar a pública la escritura de la entidad, el
notario se negó, el notario se negó. Tres reuniones tuve que tener con él para
convencerle que era la única vía que teníamos para salir adelante. Y, el
notario nos dijo: “Es vuestra responsabilidad, porque esto no es legal”.
Entonces…
Don
Emilio: Al notario para hacer las escrituras de dominio o para
constituir una Junta de…
Luís: No,
no, para la obra pública y crear los estatutos y la junta de gobierno de la
EUCC. Elevarlo a público, después que el Ayuntamiento había comunicado y
aprobado todo lo que tenía que haber aprobado antes. El notario, repito, se
negó y después de convencerle, porque no había forma de salir adelante…
Podíamos no hacer nada, como han hecho SAU-1, SAU-2… urbanizaciones que el
Planeamiento decía que tenían que constituirse en EC y no lo han hecho y el
ayuntamiento no ha hecho nada. ¿Qué sentido tiene que, voluntariamente, vayamos
a un notario para hacer la EUCC que el Ayuntamiento no exige a otras?
Y,
por otro lado, algo que ha dicho Felipe, estoy de acuerdo con él. El acceso al
Registro de la Propiedad es totalmente voluntario… El ayuntamiento no tiene
voluntad de registrar… y lo primero que tiene que registrar el ayuntamiento es
la obligación de hacer su parte, porque eso es una carga. Si usted va ahora
mismo al Registro y pide la información de su parcela, no dice que tenga
ninguna carga y por tanto, el notario al que yo vaya, puede suponer o no
suponer, que eso pertenece a una EU. El error, el problema que tenemos aquí, es
el que el Ayuntamiento no ha registrado ni una sola de las entidades remanentes,
resultante del proceso urbanístico de urbanizaciones y por tanto, las parcelas,
son parcelas individuales que tienen su registro y tienen su voluntad o no,
pero el ayuntamiento tiene la obligación de registrar la carga, la carga de
pertenencia o no a una EU.
Y,
por cierto, … hay que constatarlo. En el Ayuntamiento y en la CM, en el sitio
dónde se reglaba o se exigía la obligatoriedad de los promotores y los futuros
propietarios, que en la memoria del Plan Parcial y en la documentación relativa
al artículo 41… esa documentación ha desaparecido. ¿Cómo? No lo sé… y, además,
he rastreado toda la documentación del Plan Parcial y no existe tampoco en la
CM. A mí, estando en Maudes, he ido por allí varias veces… me dicen ¿Lo pedimos
al Registro General? Claro y dentro de ocho días, cuando ustedes tengan la
documentación, por aquí vengo.
Don
Felipe: ¿Ha mirado en el Registro de COPLACO, en el Ministerio
de…?
Luís:
No. Porque todo lo de COPLACO…
Don
Felipe: Es que hay muchos planes parciales que en esa época
estaban registrados, que tiene documentación, normalmente en COPLACO, que era,
al final, digamos la que trabajaba esos temas antes de que pasaran las EU a la
CM. La Comunidad autónoma tiene muchas cosas, y tengo que decir, no, porque
quiera quedar bien con la Comunidad autónoma, pero tiene registro, un registro,
sobre todo, de muchas cosas, que no os imagináis. Hay un registro, y lo quiero
dejar claro, no quiero ponerme de un lado o de otro, pero hay una… de planes
parciales muy bueno y, sobre todo, de los montes preservados y toda la Ley de
Montes, bueno, no os imagináis, super buenos, lo cual no quiere decir que,
muchas veces, no se haya registrado o no se haya enviado alguna documentación a
la CM. Pero si buscas en COPLACO, seguramente lo encuentras.
Luís: He
llegado a ver el acta dónde se registraron la aprobación del Plan Parcial y eso
lo he visto en Maudes, la antigua sede de la Consejería de urbanismo en Reina
Victoria, y eso lo tenían, y eso que hemos dado vueltas y vueltas. Eso no lo he
encontrado. No sé porque… También aquí debía haber una copia a disposición en
el ayuntamiento, pues, aquí, también ha desaparecido, en concreto la
documentación del artículo 41… y la memoria del Plan dónde organizan… Se debía
decir el sistema de actuación y debía decir que es cooperación y, por tanto, es
el Ayuntamiento el responsable directo de la urbanización, aunque después el
Ayuntamiento vaya por ahí diciendo que no hay necesidad desde el punto de vista
de recepción. ¿Por qué? Si es el ayuntamiento el responsable.
Don
Emilio: Lo que hacen es pagar los gastos de conservación
urbanística y el Ayuntamiento que llevara la gestión… Es un sistema público,
pero claro, esto revierte en Ustedes, Tendrían que hacer la gestión… (NOTA: Hablan varios y no se entiende) Lo único que
tendrán… pero insisto en COPLACO, yo he encontrado cosas de lo más absurdo,
¡eh!... un proyecto de urbanización en un monte que no iban ni las cabras y,
créanme, esto es grave, es, es, cuestión de echarle horas y ganas.
Luís:
Obviamente, Usted… yo creo que he hecho todo lo que tenía que hacer. Sé que
COPLACO, denegó al ayuntamiento, en aquel momento, en el año 73/74 la división
de un Plan Parcial en dos sectores, lo denegó. Como el Ayuntamiento se empeñó
en seguir dividiendo, pues resulta… Pues puede entender que la calle, dónde yo
vivo, es la división entre dos sector Sur y Cazadero real, la mitad de la calle
asfaltada y la mitad en tierra. Eso lo ha permitido este Ayuntamiento. Eso,
como significativo de como estaba trabajando, pero, lo que estaba pasando, no
es solo eso, más cosas, y problemas en el registro. Yo he hablado con el
Registrador y no quiero decir lo que dijo de Valdemorillo, sería ofender a toda
la asistencia, pero me dijo: “Estoy hasta las mismísimas de Valdemorillo”.
Y eso lo hacen en 2009. “Estoy de Valdemorillo hasta las narices”, porque
no… todas las urbanizaciones no han registrado su plan de reparcelación y,
aunque, económicamente un fuera necesario hacer el Plan de Reparcelación, desde
el punto de vista de hacer desaparecer las fincas originales y hacer un
conjunto uniforme y después ir segregando todas las fincas, obviamente, si las
cosas se hubieran hecho así, otras cosas no hubieran pasado. Así no se puede
registrar…
Emilio:
Sí, hay un problema…
Luís: Hay
un problema hipotecario serio y, sobre todo, la carga, la carga de pertenecer o
no a una EUCC. No se ha registrado esa carga… (NOTA:
Vuelven a hablar varios y no se entiende)
Emilio:
Eso nada tiene que ver con las entidades, es una cuestión de derecho privado.
Luís:
estoy hablando de calles, de zonas verdes…
Andrés:
Oye, Luís, por favor.
Don Daniel: Simplemente una
cosa, intenta buscar en COPLACO, te voy a decir una cosa más. Estoy convencido,
como Emilio, si buscas lo vas a encontrar.
Otro tema importante, es que
las urbanizaciones, el promotor, no sé quién era el promotor en aquella época,
si puedes encontrar una cosa, que se hace en muchas urbanizaciones, con los
catastros de rústica antigua, que existen en el catastro o también a nivel
estatal o, si puedes buscar, busca la posibilidad de que, en su momento, se
hiciera alguna licencia de parcelación, no de reparcelación. No es lo mismo. Te
lo digo, porque en San Martín de la vega, se hizo ese caso, se dio una licencia
de parcelación, lo que hizo el ayuntamiento… y eso obligó a que al final se
pudieran segragar fincas.
Andrés: Un
segundín. Yo no entiendo porque los privados tenemos que andar de cabeza,
buscando leyes y peleándonos por ahí para que el Ayuntamiento funcione bien.
Hay unos funcionarios que son los que tienen que preocuparse de hacer las cosas
bien y no permitir al equipo de gobierno que meta la pata o… Dependerá de las
cosas.
La palabra la tienes tú. Nos
queda poco tiempo. ¡Eh!
Señora…: Buenas
tardes. Una pregunta rápida. ¿Están todas las urbanizaciones de la CM obligadas
a constituirse en una EUCC? (Señor…: No) ¿Podemos no
hacerlo? Es que dicen que los ayuntamientos, unilateralmente nos pueden obligar
a constituirse en EUCC. ¿eso es así?
Don Emilio:
Sí, a ver, unilateral, no, tiene que estar contenido en el Planeamiento. Es un
acto colectivo.
Andrés:
Alguien ha hablado por ahí de disolución de las EUCC. Según la Sentencia del
tribunal supremo de 25)01/2002, no, la otra de 01/03/1983, dice que: “Si un
presupuesto de una EUCC no es aprobado, el Ayuntamiento puede disolver. Es
motivo para disolver, para que el ayuntamiento disuelva la EUCC”. Pero, que yo
sepa, los presupuestos de las EU, por lo menos en Mojadillas, yo no recuerdo un
papel en el que se diga que el Ayuntamiento diga que está aprobado este
presupuesto, yo no lo he visto, ni en mis ocho años de Presidente, ni en el
resto del tiempo.
Señora…:
Vengo de Villar de prado… en esa urbanización estamos pagando desde hace veinte
años todas las tasas, el IBI, al Ayuntamiento y no hemos recibido nada a cambio
y, ahora, están redactando unos estatutos que… No se han podido consensuar con
el Ayuntamiento, porque el Ayuntamiento tiene la palabra de todo… La única
manera… ¿No hay una Ley u ordenanza municipal que obligue a las entidades
locales, que dice que el ayuntamiento se tiene que hacer cargo del alumbrado,
vías y del alcantarillado de una urbanización? Daniel.
Don Daniel:
Yo, simplemente os digo, yo estoy asesorando oficialmente a la urbanización
encinar del arroyo, simplemente os digo que la comunidad, ya os pondrá en
conocimiento, lo que se ha hecho antes de estas vacaciones, … no tiene que ver
con este tema, porque es algo privativo, tenéis que ir por la Comunidad de
propietarios y no puedo deciros más. Simplemente os digo una cosa, que la
comunidad de propietarios ha estado siempre dispuesta a hacer las cosas
consensuadamente y, precisamente, la Comunidad siempre ha intentado hacer las
cosas bien. Siempre hemos pedido documentación y hay documentación que se ha
dado en el instante. pero, hay documentación que no se facilita. No quiero ya
hablar más.
Señora…:
Una pregunta. Gracias por dejarnos participar, siendo de fuera… ¿Nos estás
diciendo ahora, y confirmas que el Ayuntamiento, de manera unilateral puede
convertirnos en una EUCC? Y hace una
hora exacta, acaban de confirmarnos que no se puede constituir una EUCC si no
estamos recepcionados. Entonces, si la ley impide que nos constituyamos en
EUCC, que esos estatutos que nos está obligando a hacer el Ayuntamiento, no se
puede porque estaríamos, a sabiendas, cometiendo una irregularidad. Algunas
urbanizaciones lo hicieron porque no lo sabían, cometieron un error garrafal y
nosotros, ahora nos estamos viendo abocados a hacerlo de manera obligatoria…
Según han dicho. ¿Cuál es la realidad? ¿Nos pueden obligar a constituirnos en
una EUCC de manera irregular al día de hoy, sin estar recepcionados?
Señor Morcillo ¿?: Las
EUCC son de constitución obligatoria cuando lo dice el Plan de adecuación, lo
que es el Plan General o Plan Parcial… Valdemorillo tiene un Plan de Ordenación
anterior a la ley del suelo de la CM y, por tanto, tiene que adaptar, en este
caso se llaman NN.SS.. Pues bien, en ese instrumento de ordenación, lo que son
las EU, en ese instrumento se establecerá si serán o no. Aun así, si el
instrumento de adecuación, si lo han visto, y no aparece en las EU una
obligación de constituirse en EUCC, deben acudir al Planeamiento de desarrollo…
y en la memoria del Plan Parcial, aparecerá, si una vez, finalizadas las obras
de urbanización, Ustedes se deben constituir en una EUCC o no, si no dicen
nada, ni el instrumento de urbanización, ni el Planeamiento de desarrollo, ni
el Plan Parcial, Ustedes se pueden constituir como EUCC, sí. Pero de manera
voluntaria, de manera voluntaria y también le digo, si es de manera voluntaria,
a usted no le pueden obligar a adherirse a esa EUCC, porque sería una
limitación del derecho de propiedad y, voluntariamente no estaría Usted
obligada, si no lo dice el instrumento… Si me permitís, Alicia, he estado
atento a lo que habéis dicho y he estado dándole vueltas a algo que has dicho
tú y a algo que ha dicho Daniel. Muchas veces la comunidad de Propietarios
funciona mejor que las EU, pero muchas veces puede darse el caso de que
coexistan comunidades de Propietarios parecidas a las de la Ley Horizontal y
EUCC. La diferencia entre unas y otras, es que en las primeras están sometidas
al derecho público, privado, perdóname y las segundas al derecho público.
Entonces, creo, creo, contestando a tu preocupación, el notario lo que ha hecho
en tu escritura, ha pedido un certificado de la Administración de que esa
parcela está al corriente de sus cuotas de la Comunidad o, incluso… En muchos
casos se llaman asociaciones. Lo digo, porque en el Parque de las Infantas, he
estado mirando la normativa urbanística y creo que hay una zona deportiva que
está a nombre de la asociación del parque de las infantas. Lo he visto a vuela
pluma. ¿Qué es lo que sucede? Que vosotros estáis funcionando como una
Comunidad de Propietarios de la Ley de División Horizontal, de facto, de facto,
porque, seguro que todas las cuotas, las que pagáis a la Comunidad de
Propietarios son de derecho público… Y, en realidad, están afectados por algo
que servía para fiscalidad. Lo que tu pagas de cuotas ordinarias o
extraordinarias es para mantenimiento, conservación e implantación de nueva
infraestructura, como decía el Alcalde y un compañero, que el ordenamiento nos
está obligando a adaptar… Pero, Alicia, tu no puedes permitir que las cuotas
sean para hacer una barbacoa, no se puede y no se debe porque está… porque es
una entidad de derecho público y los ingresos son de derecho público, no de
derecho privado.
Alicia:
Eso está hecho…
Señor Morcillo:
Impúgnala.
Alicia: El
ayuntamiento no nos escucha, porque esta junta… Pedimos una asamblea extraordinaria
y no nos deja hacerla. Llevo desde el principio de año pidiendo información y…
Es cierto que me están acompañando, pero no terminan de acompañarme. Tengo un
recurso de alzada para poder ver los libros de actas, no nos dejan. Y se han
aprobado en algunas sesiones de junta, alquilar unos baños públicos para unas
fiestas que no se pueden hacer… y ahora te voy a preguntar una cosa, si me
permites.
Andrés:
Nos quedan dos minutos, por favor.
Alicia:
Los estatutos … los nuestros, urbanización recepcionada, dos motivos de
disolución, solo dos, nada, ni como dicen algunos partidos políticos en el
pleno… solo hay dos motivos: Imposibilidad de cumplir los objetivos señalados…
eso es el A y el B, la asunción municipal de la conservación. Se cumplen los
dos y no se disuelve.
Y otra cosita, perdón,
teníamos que estar disueltos y no se pueden hacer barbacoas y quería preguntar
a toda la mesa. Y la contratación de las EUCC debería ser sujetas a, como he
oído a algún jurista en internet, a un marco jurídico más apropiado, como el
del ayuntamiento. Porque, para mi gusto, sustituyen al ayuntamiento y el
Ayuntamiento, además lo dicen los estatutos y el Reglamento Urbanístico, el
ayuntamiento puede disolver la EU cuando le venga en gana, porque asuma o
porque las juntas sean de lo más incumplidora. Y esa es mi pregunta, la
contratación de las Juntas puede ser a un amigo, a traer tres presupuestos y ya
elijo yo, o tienen que tener, como el ayuntamiento, normas públicas porque
sustituyen servicios municipales.
Andrés:
Por favor, por favor. Tenéis un minuto.
Emilio:
Primero. Estoy de acuerdo con el compañero Daniel. Una EU… debe cumplir los
estatutos.
Segundo. Yo entiendo qué, si
es una contratación de una EUCC, que es un ente administrativo y está dentro de
lo que es la Ley del Sector Público. Hombre, si es para una obra,
transformación de una plaza, para una cosa de esas, para implantación de un
nuevo sistema de alumbrado público. Es más, no como administración pública como
tal, si no como parte de la Administración Pública que persigue el interés
general, creo que se debe aplicar la ley del Sector Público.
Tercera cuestión. Las
entidades Locales deben subrogarse en los servicios públicos, en realidad es
una subrogación de los servicios públicos. Nada más.
Andrés:
Hay que terminar, por favor.
Don Daniel:
Hay una cosa, con las actas, no sé si has acudido al portal de transparencia, el
ayuntamiento también... (NOTA: Hablan varios y no se
entiende) En muchas ocasiones pasa con los libros de actas de las EU que
no les dan el acta, muchas veces, lo que se hace es solicitar al Ayuntamiento
una copia, antes de poner el recurso de alzada y el Ayuntamiento requiere a la
EU y la EU tiene el deber de comunicárselo al Ayuntamiento. Si no hay que
acudir al portal de transparencia. El portal de transparencia evita… Nada más.
MI COMENTARIO: Mientras
el Secretario del Ayuntamiento, no te diga en un pleno que tiene bastante con
sus actas, como para abrir un frente nuevo con las tuyas y que el resto de la
mesa del pleno se quede callada, Alicia, puedes darte por contenta.
Andrés: Lo
siento muchísimo.
Señora…: …
que se va a conservar y quién lo va a llevar a cabo.
Andrés:
Pues, sí, el Ayuntamiento de Valdemorillo hará lo que pueda para arreglar este
tema. Eso me consta. Que acierte o no, será cosa del futuro, ¡eh! Lo siento no
hay más palabra. Ángel, muchas gracias por aguantarnos más tiempo de la cuenta.
Y, ni que decir tiene que agradezco a todos, también, el venir hoy y a esta
mesa, su asistencia. Muchas gracias.
MIS CONCLUSIONES
FINALES:
.. Las EUCC no se
pueden constituir antes de que las obras de la urbanización estén terminadas y
recepcionadas. Afirmación de la Subdirectora General de Inspección y Disciplina
Urbanística.
.. Una vez
recepcionada la urbanización, es el Ayuntamiento el que debe hacerse con el
mantenimiento de todos los servicios públicos, todos.
.. En
Valdemorillo, todas las EUCC son ilegales, pues se constituyeron si estar
recepcionadas y sin terminar las obras.
.. El acuerdo
entre Promotores y Ayuntamiento para constituir las EUCC no ha convertido a los
vecinos de las urbanizaciones en promotores. Acto ilegal.
.. Si las EUCC son
ilegales, el Ayuntamiento debe disolverlas de inmediato, yo no quiero
pertenecer a una Entidad ilegal, ni seguir pagando cuotas a cuatro vecinos por
muy buena voluntad que tengan, pero, que también, desempeñan una actividad
ilegal.
.. NO QUIERO
PELEARME CON MIS VECINOS. Pido al Ayuntamiento que me cobre, lo que cobrarme, incluyéndolo
en el IBI o como tasa o como más le guste.
.. En cuanto al
agua. Pido al Ayuntamiento que me pase un contrato para el suministro del agua
potable y me lo cobre con una factura legal, con su IVA, como sea legal.
Pasadlo bien. Andrés
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