jueves, 26 de enero de 2023

MESA DE DEBATE SOBRE LA SITUACIÓN DE LAS EUCC (6de6)

 

VALDEMORILLO. 13 DE ENERO DE 2023. SALÓN DE PLENOS

NOTA PREVIA: Esto es una transcripción de lo dicho en esta reunión, tal cual. Falta alguna palabra que otra. Es posible algún error, si alguien lo detecta, por favor, que me lo haga saber para corregirlo. Lo escrito en rojo, son NOTAS y opiniones de este servidor vuestro, no manifestadas en la reunión y que se me ocurren al escribir ahora. Perdón por el atrevimiento y gracias por vuestra participación.

Andrés: Espera que estaba antes Luís. Cortito que nos queda poco tiempo.

Luís Herranz: Solamente contestar dos cuestiones, una a Daniel o Emilio, otra a… En relación a lo que ha contestado Emilio, efectivamente, yo no me hubiera opuesto a la orden de la Policía, pero sí le puedo decir que, cuando estuve en el notario para elevar a pública la escritura de la entidad, el notario se negó, el notario se negó. Tres reuniones tuve que tener con él para convencerle que era la única vía que teníamos para salir adelante. Y, el notario nos dijo: “Es vuestra responsabilidad, porque esto no es legal”. Entonces…

Don Emilio: Al notario para hacer las escrituras de dominio o para constituir una Junta de…

Luís: No, no, para la obra pública y crear los estatutos y la junta de gobierno de la EUCC. Elevarlo a público, después que el Ayuntamiento había comunicado y aprobado todo lo que tenía que haber aprobado antes. El notario, repito, se negó y después de convencerle, porque no había forma de salir adelante… Podíamos no hacer nada, como han hecho SAU-1, SAU-2… urbanizaciones que el Planeamiento decía que tenían que constituirse en EC y no lo han hecho y el ayuntamiento no ha hecho nada. ¿Qué sentido tiene que, voluntariamente, vayamos a un notario para hacer la EUCC que el Ayuntamiento no exige a otras?

Y, por otro lado, algo que ha dicho Felipe, estoy de acuerdo con él. El acceso al Registro de la Propiedad es totalmente voluntario… El ayuntamiento no tiene voluntad de registrar… y lo primero que tiene que registrar el ayuntamiento es la obligación de hacer su parte, porque eso es una carga. Si usted va ahora mismo al Registro y pide la información de su parcela, no dice que tenga ninguna carga y por tanto, el notario al que yo vaya, puede suponer o no suponer, que eso pertenece a una EU. El error, el problema que tenemos aquí, es el que el Ayuntamiento no ha registrado ni una sola de las entidades remanentes, resultante del proceso urbanístico de urbanizaciones y por tanto, las parcelas, son parcelas individuales que tienen su registro y tienen su voluntad o no, pero el ayuntamiento tiene la obligación de registrar la carga, la carga de pertenencia o no a una EU.

Y, por cierto, … hay que constatarlo. En el Ayuntamiento y en la CM, en el sitio dónde se reglaba o se exigía la obligatoriedad de los promotores y los futuros propietarios, que en la memoria del Plan Parcial y en la documentación relativa al artículo 41… esa documentación ha desaparecido. ¿Cómo? No lo sé… y, además, he rastreado toda la documentación del Plan Parcial y no existe tampoco en la CM. A mí, estando en Maudes, he ido por allí varias veces… me dicen ¿Lo pedimos al Registro General? Claro y dentro de ocho días, cuando ustedes tengan la documentación, por aquí vengo.

Don Felipe: ¿Ha mirado en el Registro de COPLACO, en el Ministerio de…?

Luís: No. Porque todo lo de COPLACO…

Don Felipe: Es que hay muchos planes parciales que en esa época estaban registrados, que tiene documentación, normalmente en COPLACO, que era, al final, digamos la que trabajaba esos temas antes de que pasaran las EU a la CM. La Comunidad autónoma tiene muchas cosas, y tengo que decir, no, porque quiera quedar bien con la Comunidad autónoma, pero tiene registro, un registro, sobre todo, de muchas cosas, que no os imagináis. Hay un registro, y lo quiero dejar claro, no quiero ponerme de un lado o de otro, pero hay una… de planes parciales muy bueno y, sobre todo, de los montes preservados y toda la Ley de Montes, bueno, no os imagináis, super buenos, lo cual no quiere decir que, muchas veces, no se haya registrado o no se haya enviado alguna documentación a la CM. Pero si buscas en COPLACO, seguramente lo encuentras.

Luís: He llegado a ver el acta dónde se registraron la aprobación del Plan Parcial y eso lo he visto en Maudes, la antigua sede de la Consejería de urbanismo en Reina Victoria, y eso lo tenían, y eso que hemos dado vueltas y vueltas. Eso no lo he encontrado. No sé porque… También aquí debía haber una copia a disposición en el ayuntamiento, pues, aquí, también ha desaparecido, en concreto la documentación del artículo 41… y la memoria del Plan dónde organizan… Se debía decir el sistema de actuación y debía decir que es cooperación y, por tanto, es el Ayuntamiento el responsable directo de la urbanización, aunque después el Ayuntamiento vaya por ahí diciendo que no hay necesidad desde el punto de vista de recepción. ¿Por qué? Si es el ayuntamiento el responsable.

Don Emilio: Lo que hacen es pagar los gastos de conservación urbanística y el Ayuntamiento que llevara la gestión… Es un sistema público, pero claro, esto revierte en Ustedes, Tendrían que hacer la gestión… (NOTA: Hablan varios y no se entiende) Lo único que tendrán… pero insisto en COPLACO, yo he encontrado cosas de lo más absurdo, ¡eh!... un proyecto de urbanización en un monte que no iban ni las cabras y, créanme, esto es grave, es, es, cuestión de echarle horas y ganas.

Luís: Obviamente, Usted… yo creo que he hecho todo lo que tenía que hacer. Sé que COPLACO, denegó al ayuntamiento, en aquel momento, en el año 73/74 la división de un Plan Parcial en dos sectores, lo denegó. Como el Ayuntamiento se empeñó en seguir dividiendo, pues resulta… Pues puede entender que la calle, dónde yo vivo, es la división entre dos sector Sur y Cazadero real, la mitad de la calle asfaltada y la mitad en tierra. Eso lo ha permitido este Ayuntamiento. Eso, como significativo de como estaba trabajando, pero, lo que estaba pasando, no es solo eso, más cosas, y problemas en el registro. Yo he hablado con el Registrador y no quiero decir lo que dijo de Valdemorillo, sería ofender a toda la asistencia, pero me dijo: “Estoy hasta las mismísimas de Valdemorillo”. Y eso lo hacen en 2009. “Estoy de Valdemorillo hasta las narices”, porque no… todas las urbanizaciones no han registrado su plan de reparcelación y, aunque, económicamente un fuera necesario hacer el Plan de Reparcelación, desde el punto de vista de hacer desaparecer las fincas originales y hacer un conjunto uniforme y después ir segregando todas las fincas, obviamente, si las cosas se hubieran hecho así, otras cosas no hubieran pasado. Así no se puede registrar…

Emilio: Sí, hay un problema…

Luís: Hay un problema hipotecario serio y, sobre todo, la carga, la carga de pertenecer o no a una EUCC. No se ha registrado esa carga… (NOTA: Vuelven a hablar varios y no se entiende)

Emilio: Eso nada tiene que ver con las entidades, es una cuestión de derecho privado.

Luís: estoy hablando de calles, de zonas verdes…

Andrés: Oye, Luís, por favor.

 Don Daniel: Simplemente una cosa, intenta buscar en COPLACO, te voy a decir una cosa más. Estoy convencido, como Emilio, si buscas lo vas a encontrar.

Otro tema importante, es que las urbanizaciones, el promotor, no sé quién era el promotor en aquella época, si puedes encontrar una cosa, que se hace en muchas urbanizaciones, con los catastros de rústica antigua, que existen en el catastro o también a nivel estatal o, si puedes buscar, busca la posibilidad de que, en su momento, se hiciera alguna licencia de parcelación, no de reparcelación. No es lo mismo. Te lo digo, porque en San Martín de la vega, se hizo ese caso, se dio una licencia de parcelación, lo que hizo el ayuntamiento… y eso obligó a que al final se pudieran segragar fincas.

Andrés: Un segundín. Yo no entiendo porque los privados tenemos que andar de cabeza, buscando leyes y peleándonos por ahí para que el Ayuntamiento funcione bien. Hay unos funcionarios que son los que tienen que preocuparse de hacer las cosas bien y no permitir al equipo de gobierno que meta la pata o… Dependerá de las cosas.

La palabra la tienes tú. Nos queda poco tiempo. ¡Eh!

Señora…: Buenas tardes. Una pregunta rápida. ¿Están todas las urbanizaciones de la CM obligadas a constituirse en una EUCC? (Señor…: No) ¿Podemos no hacerlo? Es que dicen que los ayuntamientos, unilateralmente nos pueden obligar a constituirse en EUCC. ¿eso es así?

Don Emilio: Sí, a ver, unilateral, no, tiene que estar contenido en el Planeamiento. Es un acto colectivo.

Andrés: Alguien ha hablado por ahí de disolución de las EUCC. Según la Sentencia del tribunal supremo de 25)01/2002, no, la otra de 01/03/1983, dice que: “Si un presupuesto de una EUCC no es aprobado, el Ayuntamiento puede disolver. Es motivo para disolver, para que el ayuntamiento disuelva la EUCC”. Pero, que yo sepa, los presupuestos de las EU, por lo menos en Mojadillas, yo no recuerdo un papel en el que se diga que el Ayuntamiento diga que está aprobado este presupuesto, yo no lo he visto, ni en mis ocho años de Presidente, ni en el resto del tiempo.

Señora…: Vengo de Villar de prado… en esa urbanización estamos pagando desde hace veinte años todas las tasas, el IBI, al Ayuntamiento y no hemos recibido nada a cambio y, ahora, están redactando unos estatutos que… No se han podido consensuar con el Ayuntamiento, porque el Ayuntamiento tiene la palabra de todo… La única manera… ¿No hay una Ley u ordenanza municipal que obligue a las entidades locales, que dice que el ayuntamiento se tiene que hacer cargo del alumbrado, vías y del alcantarillado de una urbanización? Daniel.

Don Daniel: Yo, simplemente os digo, yo estoy asesorando oficialmente a la urbanización encinar del arroyo, simplemente os digo que la comunidad, ya os pondrá en conocimiento, lo que se ha hecho antes de estas vacaciones, … no tiene que ver con este tema, porque es algo privativo, tenéis que ir por la Comunidad de propietarios y no puedo deciros más. Simplemente os digo una cosa, que la comunidad de propietarios ha estado siempre dispuesta a hacer las cosas consensuadamente y, precisamente, la Comunidad siempre ha intentado hacer las cosas bien. Siempre hemos pedido documentación y hay documentación que se ha dado en el instante. pero, hay documentación que no se facilita. No quiero ya hablar más.

Señora…: Una pregunta. Gracias por dejarnos participar, siendo de fuera… ¿Nos estás diciendo ahora, y confirmas que el Ayuntamiento, de manera unilateral puede convertirnos en una EUCC?  Y hace una hora exacta, acaban de confirmarnos que no se puede constituir una EUCC si no estamos recepcionados. Entonces, si la ley impide que nos constituyamos en EUCC, que esos estatutos que nos está obligando a hacer el Ayuntamiento, no se puede porque estaríamos, a sabiendas, cometiendo una irregularidad. Algunas urbanizaciones lo hicieron porque no lo sabían, cometieron un error garrafal y nosotros, ahora nos estamos viendo abocados a hacerlo de manera obligatoria… Según han dicho. ¿Cuál es la realidad? ¿Nos pueden obligar a constituirnos en una EUCC de manera irregular al día de hoy, sin estar recepcionados?

Señor Morcillo ¿?: Las EUCC son de constitución obligatoria cuando lo dice el Plan de adecuación, lo que es el Plan General o Plan Parcial… Valdemorillo tiene un Plan de Ordenación anterior a la ley del suelo de la CM y, por tanto, tiene que adaptar, en este caso se llaman NN.SS.. Pues bien, en ese instrumento de ordenación, lo que son las EU, en ese instrumento se establecerá si serán o no. Aun así, si el instrumento de adecuación, si lo han visto, y no aparece en las EU una obligación de constituirse en EUCC, deben acudir al Planeamiento de desarrollo… y en la memoria del Plan Parcial, aparecerá, si una vez, finalizadas las obras de urbanización, Ustedes se deben constituir en una EUCC o no, si no dicen nada, ni el instrumento de urbanización, ni el Planeamiento de desarrollo, ni el Plan Parcial, Ustedes se pueden constituir como EUCC, sí. Pero de manera voluntaria, de manera voluntaria y también le digo, si es de manera voluntaria, a usted no le pueden obligar a adherirse a esa EUCC, porque sería una limitación del derecho de propiedad y, voluntariamente no estaría Usted obligada, si no lo dice el instrumento… Si me permitís, Alicia, he estado atento a lo que habéis dicho y he estado dándole vueltas a algo que has dicho tú y a algo que ha dicho Daniel. Muchas veces la comunidad de Propietarios funciona mejor que las EU, pero muchas veces puede darse el caso de que coexistan comunidades de Propietarios parecidas a las de la Ley Horizontal y EUCC. La diferencia entre unas y otras, es que en las primeras están sometidas al derecho público, privado, perdóname y las segundas al derecho público. Entonces, creo, creo, contestando a tu preocupación, el notario lo que ha hecho en tu escritura, ha pedido un certificado de la Administración de que esa parcela está al corriente de sus cuotas de la Comunidad o, incluso… En muchos casos se llaman asociaciones. Lo digo, porque en el Parque de las Infantas, he estado mirando la normativa urbanística y creo que hay una zona deportiva que está a nombre de la asociación del parque de las infantas. Lo he visto a vuela pluma. ¿Qué es lo que sucede? Que vosotros estáis funcionando como una Comunidad de Propietarios de la Ley de División Horizontal, de facto, de facto, porque, seguro que todas las cuotas, las que pagáis a la Comunidad de Propietarios son de derecho público… Y, en realidad, están afectados por algo que servía para fiscalidad. Lo que tu pagas de cuotas ordinarias o extraordinarias es para mantenimiento, conservación e implantación de nueva infraestructura, como decía el Alcalde y un compañero, que el ordenamiento nos está obligando a adaptar… Pero, Alicia, tu no puedes permitir que las cuotas sean para hacer una barbacoa, no se puede y no se debe porque está… porque es una entidad de derecho público y los ingresos son de derecho público, no de derecho privado.

Alicia: Eso está hecho…

Señor Morcillo: Impúgnala.

Alicia: El ayuntamiento no nos escucha, porque esta junta… Pedimos una asamblea extraordinaria y no nos deja hacerla. Llevo desde el principio de año pidiendo información y… Es cierto que me están acompañando, pero no terminan de acompañarme. Tengo un recurso de alzada para poder ver los libros de actas, no nos dejan. Y se han aprobado en algunas sesiones de junta, alquilar unos baños públicos para unas fiestas que no se pueden hacer… y ahora te voy a preguntar una cosa, si me permites.

Andrés: Nos quedan dos minutos, por favor.

Alicia: Los estatutos … los nuestros, urbanización recepcionada, dos motivos de disolución, solo dos, nada, ni como dicen algunos partidos políticos en el pleno… solo hay dos motivos: Imposibilidad de cumplir los objetivos señalados… eso es el A y el B, la asunción municipal de la conservación. Se cumplen los dos y no se disuelve.

Y otra cosita, perdón, teníamos que estar disueltos y no se pueden hacer barbacoas y quería preguntar a toda la mesa. Y la contratación de las EUCC debería ser sujetas a, como he oído a algún jurista en internet, a un marco jurídico más apropiado, como el del ayuntamiento. Porque, para mi gusto, sustituyen al ayuntamiento y el Ayuntamiento, además lo dicen los estatutos y el Reglamento Urbanístico, el ayuntamiento puede disolver la EU cuando le venga en gana, porque asuma o porque las juntas sean de lo más incumplidora. Y esa es mi pregunta, la contratación de las Juntas puede ser a un amigo, a traer tres presupuestos y ya elijo yo, o tienen que tener, como el ayuntamiento, normas públicas porque sustituyen servicios municipales.

Andrés: Por favor, por favor. Tenéis un minuto.

Emilio: Primero. Estoy de acuerdo con el compañero Daniel. Una EU… debe cumplir los estatutos.

Segundo. Yo entiendo qué, si es una contratación de una EUCC, que es un ente administrativo y está dentro de lo que es la Ley del Sector Público. Hombre, si es para una obra, transformación de una plaza, para una cosa de esas, para implantación de un nuevo sistema de alumbrado público. Es más, no como administración pública como tal, si no como parte de la Administración Pública que persigue el interés general, creo que se debe aplicar la ley del Sector Público.

Tercera cuestión. Las entidades Locales deben subrogarse en los servicios públicos, en realidad es una subrogación de los servicios públicos. Nada más.

Andrés: Hay que terminar, por favor.

Don Daniel: Hay una cosa, con las actas, no sé si has acudido al portal de transparencia, el ayuntamiento también... (NOTA: Hablan varios y no se entiende) En muchas ocasiones pasa con los libros de actas de las EU que no les dan el acta, muchas veces, lo que se hace es solicitar al Ayuntamiento una copia, antes de poner el recurso de alzada y el Ayuntamiento requiere a la EU y la EU tiene el deber de comunicárselo al Ayuntamiento. Si no hay que acudir al portal de transparencia. El portal de transparencia evita… Nada más.

MI COMENTARIO: Mientras el Secretario del Ayuntamiento, no te diga en un pleno que tiene bastante con sus actas, como para abrir un frente nuevo con las tuyas y que el resto de la mesa del pleno se quede callada, Alicia, puedes darte por contenta.

Andrés: Lo siento muchísimo.

Señora…: … que se va a conservar y quién lo va a llevar a cabo.

Andrés: Pues, sí, el Ayuntamiento de Valdemorillo hará lo que pueda para arreglar este tema. Eso me consta. Que acierte o no, será cosa del futuro, ¡eh! Lo siento no hay más palabra. Ángel, muchas gracias por aguantarnos más tiempo de la cuenta. Y, ni que decir tiene que agradezco a todos, también, el venir hoy y a esta mesa, su asistencia. Muchas gracias.

MIS CONCLUSIONES FINALES:

.. Las EUCC no se pueden constituir antes de que las obras de la urbanización estén terminadas y recepcionadas. Afirmación de la Subdirectora General de Inspección y Disciplina Urbanística.

.. Una vez recepcionada la urbanización, es el Ayuntamiento el que debe hacerse con el mantenimiento de todos los servicios públicos, todos.

.. En Valdemorillo, todas las EUCC son ilegales, pues se constituyeron si estar recepcionadas y sin terminar las obras.

.. El acuerdo entre Promotores y Ayuntamiento para constituir las EUCC no ha convertido a los vecinos de las urbanizaciones en promotores. Acto ilegal.

.. Si las EUCC son ilegales, el Ayuntamiento debe disolverlas de inmediato, yo no quiero pertenecer a una Entidad ilegal, ni seguir pagando cuotas a cuatro vecinos por muy buena voluntad que tengan, pero, que también, desempeñan una actividad ilegal.

.. NO QUIERO PELEARME CON MIS VECINOS. Pido al Ayuntamiento que me cobre, lo que cobrarme, incluyéndolo en el IBI o como tasa o como más le guste.

.. En cuanto al agua. Pido al Ayuntamiento que me pase un contrato para el suministro del agua potable y me lo cobre con una factura legal, con su IVA, como sea legal.

Pasadlo bien. Andrés

No hay comentarios:

Publicar un comentario